¿Cuánto te podrás deducir?
- Deducción fiscal en el IRPF para las personas físicas:
Hasta los primeros 150€ tendrás una deducción del 80%, siendo del 40% a partir de dicha cantidad
- Deducción fiscal en el IRPF para las personas jurídicas:
En el caso de las personas jurídicas la desgravación fiscal de las donaciones en el Impuesto de Sociedades es del 35%, subiendo hasta el 40% para las donaciones realizadas a la misma entidad, por el mismo importe o superior, durante al menos 3 años consecutivos.
Límite del 10% de la base imponible y se aplicará el porcentaje por la totalidad de las donaciones realizadas anuales a entidades sujetas a desgravación.
Las cantidades no deducidas se pueden aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
Ahinco acepta donaciones por Tarjeta de crédito o débito, o, domiciliación bancaria mediante SEPA (pregúntanos cómo hacerlo y estaremos encantados de ayudarte)
Para poder desgravar las Donaciones aportadas a Ahinco tendrás que comunicarnos los siguientes datos:
- Nombre y Apellidos o Razón social.
- DNI / CIF
- Domicilio
Los certificados con las cantidades donadas serán emitidos en el mes de enero de cada año, donde constarán todas las donaciones realizadas en el año anterior.